El proceso de prestación de servicios de rehabilitación vocacional se origina y finaliza en los Centros de Servicios de Consejería en Rehabilitación Vocacional - CSCRV. Estos tienen la responsabilidad de articular el proceso de rehabilitación vocacional con el equipo de profesionales que ofrecen apoyo a los Consejeros en Rehabilitación Vocacional (CRV’s), ubicados en los Centros de Avaluación y Ajuste (CAA), y los Centros de Apoyo y Modalidades de Empleo(CAME).
Los Centros de Servicios de Consejería en Rehabilitación Vocacional(CSCRV), son responsables de implantar y ofrecer seguimiento al cumplimiento dela política pública establecida en la ARV, con el propósito de proveer servicios individualizados para que la persona con impedimento elegible logre una meta de empleo o una vida más independiente, de acuerdo con sus fortalezas, prioridades, recursos, capacidades, intereses, inquietudes, habilidades y la selección informada.
El CRV es responsable de dar dirección y seguimiento continuo a todo el proceso de prestación de servicios desde el referido, solicitud de servicios, periodos de avaluación y ajuste o en los servicios de apoyo y modalidades de empleo. A su vez, completará las fases de planificación, prestación de servicios y de colocación en el empleo.
La ARV cuenta con Centros y Unidades de Avaluación y Ajuste(CAA-UAA). En estos Centros/Unidades, conforme a la petición del CRV y la necesidad, se ofrecen servicios de apoyo con un énfasis multi y trans disciplinario para evaluar las necesidades y fortalezas del solicitante/consumidor para que pueda lograr una meta de empleo.
Los servicios que se ofrecen tienen dos etapas:
Avaluación y Ajuste. En el caso de los servicios de ajuste, el fin es que los solicitantes/consumidores puedan optimizar su residual funcional y desarrollar las destrezas necesarias para que puedan obtener un resultado de empleo y una vida independiente.
Estos centros ofrecen servicios de colocación y apoyo en el empleo a aquellos consumidores que así lo requieran. Su propósito es facilitar y agilizar esa prestación de servicios conducentes hacia una meta de empleo real y funcional, sin dejar de ser remunerada en un mercado laboral notablemente competido y cambiante.
La Ley Pública Federal 113-128 conocida como la Ley de Innovación y Oportunidades en la Fuerza Laboral(Workforce, Innovation & Opportunity Act, WIOA por sus siglas en inglés)enmendó la Ley de Rehabilitación de 1973. WIOA enfatiza en la prestación de Servicios de Transición de Pre-Empleo (PRE-ETS, por sus siglas en inglés) a estudiantes con impedimentos entre las edades de catorce (14) a veintiún (21) años inclusive, que reciben servicios de educación especial o bajo la Sección 504. Las actividades mandatorios (servicios) que requiere WIOA son:
En cumplimiento con la Ley WIOA, la Agencia ha desarrollado las siguientes iniciativas: